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Fw: EL INTENDENTE SANDER FIRMÓ UNA NUEVA RESOLUCIÓN MUNICIPAL POR LA CUARENTENA POR EL COVID-19

—– Mensaje reenviado —– Enviado: viernes, 20 de marzo de 2020 16:18:01 ART Asunto: EL INTENDENTE SANDER FIRMÓ UNA NUEVA RESOLUCIÓN MUNICIPAL POR LA CUARENTENA POR EL COVID-19 EL INTENDENTE SANDER FIRMÓ UNA NUEVA RESOLUCIÓN MUNICIPAL POR LA CUARENTENA POR EL COVID-19 En la Misma adhiere al Decreto de Necesidad y urgencia firmado por el Presidente Alberto Fernandez a través del cual todo el país se encuentra en cuarentena social y ratifica la vigencia de la Resolución N°348/20 que establece puestos de control en los ingresos a la ciudad durante las 24 horas a través de los cuales se tomarán datos de las personas quienes deberán permanecer aisladas en casos de ser necesario y a quienes no tengan domicilio en Castelli instalarlos a regresar a sus hogares. En el mismo puesto de control el personal de salud tomará la temperatura de las personas a la vez que deberán completar un formulario.Sander recordó que la Provincia y también el País se encuentran en cuarentena con Aislamiento Social por lo que se debe permanecer dentro de las casas y salir solo en caso de necesidad.También la Resolución Municipal N°348/20 establece suspensión absoluta y sin excepción de todos los eventos y actividades sociales, artísticos, culturales, deportivos, religiosos, festivos, familiares, etc. que impliquen concentración de personas desde el 16 al 31 de marzo.Esto incluye a bares, boliches, confiterías, heladerías, clubes, eventos religiosos, gimnasios, canchas de fútbol 5, y padel, minishops de estaciones de servicios, salones de juegos para chicos y casinos.Los restaurantes y locales de comida realizarán solo venta a mostrador (para llevar) no pueden habilitar mesas para consumo en el lugar.Además dispone el cierre y bloqueo de paseos y espacios donde se concentra gente por lo que permanecerán cerrados lugares turísticos y de recreación como plazas y placitas, paseo de la Virgen, polideportivo, pulmón verde, canchas barriales de cualquier deporte, etc.Restricción de ingreso a personas a las dependencias del Municipio para evitar aglomeración. Prórroga de vencimientos por 30 días, y disponer guardias mínimas.Finalmente instan a la ciudadanía a mantener aislamiento social preventivo, tomando las medidas adoptadas en defensa de la salud pública. Recuerdan a su vez que el incumplimiento de las normas es un delito de acción pública sancionado por el Código Penal de la República Argentina.RESOLUCIÓN N°354/20 FIRMADA ESTE VIERNES 20 DE MARZO A través de la Resolución N°354/20 el Municipio de Juan José Castelli Adhiere al Decreto de Necesidad y Urgencia N°297/20 el cual establece el aislamiento social preventivo y obligatorio y a las medidas de prevención dispuestas en el mismo. Ratifica en todos sus términos las prohibiciones dispuestas por la resolución 348/20 dictada por el PEM y Decreto Provincial 432/20. Dispone que hasta el 31 de marzo de 2020 los comerciosy otros exceptuados (abastecimiento alimentario, farmacias, combustiblres), deberán establecer 90 minutos diarios para la atención EXCLUSIVA de personas vulnerables que se encuentren comprendidas en el grupo de Personas en Riesgo, como así tamboén deberán cumplir con el protocolo establecido relacionado a la cantidad de personas y distancia entre las mismas dentro del local comercial, evitando la circulación de personas luego del horario dispuesto, colocando cartelería visible por parte de tales comercios, indicando dichos horarios y modalidades de atención al público. Establece que de comprobarse el incumplimiento de lo resuelto en la presente, en la Resolución 348/20 del PEM como así las medidas preventivas dictadas dentro de las normativas gubernamentales en el marco del Decreto de Necesidad y urgencia y la Emergencia Sanitaria, harán pasible al infractor, mediante la autoridad de aplicación de multas dinerarias de hasta 1.000 litros de nafta super valor YPF, y en caso de reincidencia la sanción de clausura, pudiendo llegar incluso a la baja de la habilitación comercial pertinente. Garantiza los servicios públicos indispensables los cuales serán coordinados por la Secretaría respectiva a la modalidad de los mismos. Dispone la colaboración en el marco de la emergencia sanitaria a las necesidades urgentes del Ministerio de Salud, como así también a las emergencias de la ciudadanía de esta localidad.



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